Articulo 2 igualdad retributiva entre mujeres y hombres
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»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Vigente
Este real decreto será de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.