Articulo 19 Reglamento sobre protecció sanitaria contra radiaciones ionizantes
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Artículo 19. Límite de edad para trabajadores expuestos.

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Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 11, no podrán asignarse a los menores de dieciocho años tareas que pudieran convertirlos en trabajadores expuestos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-07-2001 en vigor desde 27-07-2001