Articulo 189 Ley de la Jurisdicción social
Articulo 189 Ley de la Ju...ión social

Articulo 189 Ley de la Jurisdicción social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 189. Recurso de queja.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los recursos de queja de que conozcan las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia o la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, según los casos, se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil para recurrir en queja.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2011 en vigor desde 11-12-2011
Conceptos Jurídicos