Articulo 181 Patrimonio de las AAPP
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Artículo 181. Presidente y Consejero Delegado.

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1. Los nombramientos del presidente del consejo de administración y del consejero delegado o puesto equivalente que ejerza el máximo nivel ejecutivo de la sociedad se efectuarán por el consejo de administración, a propuesta del ministro de tutela.

2. (Derogado)