Articulo 17 Autonomía del Banco de España
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Artículo 17. Organos rectores.

Vigente

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Los órganos rectores del Banco de España serán.

1. El Gobernador.

2. El Subgobernador.

3. El Consejo de Gobierno.

4. La Comisión Ejecutiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-06-1994 en vigor desde 03-06-1994