Articulo 1691 Código civil
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Artículo 1691

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Es nulo el pacto que excluye a uno o más socios de toda parte en las ganancias o en las pérdidas.

Sólo el socio de industria puede ser eximido de toda responsabilidad en las pérdidas.

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  • Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889