Articulo 168 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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»Artículo 168. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
Vigente
La Comunidad Autónoma impulsará políticas que favorezcan la conciliación del trabajo con la vida personal y familiar.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007