Articulo 165 Constitución Española
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Artículo 165

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Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-1978 en vigor desde 29-12-1978