Articulo 1518 Código civil
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Artículo 1518

Vigente

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El vendedor no podrá hacer uso del derecho de retracto sin reembolsar al comprador el precio de la venta, y además:

1º Los gastos del contrato y cualquier otro pago legítimo hecho para la venta.

2º Los gastos necesarios y útiles hechos en la cosa vendida.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889