Articulo 14 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la e...s servicios postales
Articulo 14 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
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»Artículo 14. Extracción de petróleo y gas y prospección o extracción de carbón u otros combustibles sólidos
Vigente
La presente Directiva se aplicará a las actividades de explotación de una zona geográfica determinada para:
a) la extracción de petróleo o gas;
b) la prospección o extracción de carbón u otros combustibles sólidos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014