Articulo 13 Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
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Articulo 13 Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

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Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de dependencia.

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La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal deberán orientarse a la consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal, en un marco de efectiva igualdad de oportunidades, de acuerdo con los siguientes objetivos.

a) Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee y sea posible.

b) Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2006 en vigor desde 01-01-2007