Articulo 122 Código de Comercio
Articulo 122 Código de Comercio

Articulo 122 Código de Comercio

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Art. 122.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Por regla general, las sociedades mercantiles se constituirán adoptando algunas de las formas siguientes:

1. La regular colectiva.

2. La comanditaria, simple o por acciones.

3. La anónima.

4. La de responsabilidad limitada.