Articulo 12 TR. de Ley de Clases Pasivas del Estado
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»Artículo 12. Competencia para el pago de las prestaciones de Clases Pasivas del Estado.
Vigente
1. El Instituto Nacional de la Seguridad Social es la entidad gestora competente para la realización de las funciones inherentes al reconocimiento de las obligaciones y propuesta de los pagos de todas las prestaciones de Clases Pasivas.
2. Corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social la administración y disposición de los créditos para prestaciones de Clases Pasivas.
3. La ordenación del pago de las prestaciones de Clases Pasivas y el pago material de las mismas corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.
4. La realización de las funciones de pago material de dichas prestaciones es competencia de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Modificaciones
- Modificación realizada (12) por Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
(BOE de 29-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Modificación realizada (12 (se declara inconstitucional y nulo)) por Pleno. Sentencia 111/2021, de 13 de mayo de 2021. Recurso de inconstitucionalidad 2295-2020. Interpuesto por más de cincuenta senadores del Grupo Parlamentario Popular en relación con diversas disposiciones del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Límites materiales de los decretos leyes: nulidad de los preceptos que modifican el régimen de gestión de clases pasivas. Voto particular.
(BOE de 15-06-2021) en vigor desde 15-06-2021 - Modificación realizada (12) por Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
(BOE de 22-04-2020) en vigor desde 23-04-2020 - Modificación realizada (Se modifica el artículo 12) por Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.
(BOE de 27-12-2007) en vigor desde 16-01-2008 - Artículo modificado por Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990.
(BOE de 30-06-1990) en vigor desde 30-06-1990