Artículo 119 bis Ley para defensa de los consumidores y usuarios
Artículo 119 bis Ley para...y usuarios

Artículo 119 bis Ley para defensa de los consumidores y usuarios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 119 bis. La reducción del precio.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La reducción del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el bien o el contenido o servicio digital hubiera tenido en el momento de la entrega o suministro de haber sido conforme con el contrato y el valor que el bien o el contenido o servicio digital efectivamente entregado o suministrado tenga en el momento de dicha entrega o suministro.

2. Cuando el contrato estipule que los contenidos o servicios digitales se suministren durante un período de tiempo a cambio del pago de un precio, la reducción en precio se aplicará al período de tiempo durante el cual los contenidos o servicios digitales no hubiesen sido conformes.