Articulo 11 Ley Concursal
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Artículo 11. Alcance internacional de la jurisdicción.

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En el ámbito internacional, la jurisdicción del juez del concurso comprende únicamente el conocimiento de aquellas acciones que tengan su fundamento jurídico en la legislación concursal y guarden una relación inmediata con el concurso.

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  • Texto Original. Publicado el 10-07-2003 en vigor desde 01-09-2004