Articulo 10 Cobertura de las contingencias profesionales de los trabajadores inc...or IT para autónomos
Articulo 10 Cobertura de ... autónomos

Articulo 10 Cobertura de las contingencias profesionales de los trabajadores incluidos en el RGSS de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y la ampliación de la prestación por IT para autónomos

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Artículo décimo. Nacimiento del derecho.

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Los trabajadores por cuenta propia que tengan derecho a la prestación económica por incapacidad temporal percibirán el correspondiente subsidio:

a) Con carácter general, a partir del cuarto día inclusive de la baja en el trabajo o actividad.

b) En los supuestos en que el interesado hubiese optado por la cobertura de las contingencias profesionales, o las tenga cubiertas de forma obligatoria, y el subsidio se hubiese originado a causa de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional a partir del día siguiente al de la baja.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-10-2003 en vigor desde 01-01-2004