Articulo 1 Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
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Articulo 1 Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

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Artículo 1. Objeto y finalidad de la Ley.

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Esta Ley tiene por objeto la regulación y supervisión de la actividad aseguradora y reaseguradora privada comprendiendo las condiciones de acceso y ejercicio y el régimen de solvencia, saneamiento y liquidación de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, con la finalidad principal de proteger los derechos de los tomadores, asegurados y beneficiarios, así como de promover la transparencia y el desarrollo adecuado de la actividad aseguradora.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-07-2015 en vigor desde 01-01-2016