Última revisión
laboral
¿Es obligatorio realizar el registro retributivo a los empleados del hogar?
Relacionados:
Vademecum: Laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/04/2023
Resumen:
En el nuevo Real Decreto 902/2020 se ha modificado el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores. Esto nos lleva a preguntarnos si la empleadora/e que tenga una persona contratada como empleada/o de hogar está obligada a realizar el registro retributivo.
PLANTEAMIENTO
En la norma específica la obligatoriedad de implantar esta nueva norma en todas las empresas, ¿los/las empleadoras/es que dispongan de una persona contratada como empleada/o de hogar están obligadas también a realizar registro retributivo?
RESPUESTA
En nuestra opinión no es obligatorio, dado que lo que ha modificado este nuevo Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre es el artículo 28 del ET, por lo que no aplicaría a empleado/a de hogar.