Última revisión
laboral
¿Tengo que convertir en indefinidos los contratos temporales celebrados antes del 31/12/2021?
Vademecum: laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/02/2022
Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
¿Tengo que convertir en indefinidos los contratos temporales, de antes del 31/12/2021, por circunstancias de la producción en un plazo de 3 meses?
RESPUESTA
No. Los contratos eventuales por circunstancias de la producción celebrados antes del 31 de diciembre de 2021, según la redacción anterior a la actual reforma, se regirán hasta su duración máxima por lo establecido en dicha redacción.
Según lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 de diciembre de 28 en su Disposición Transitoria Tercera (Régimen transitorio aplicable a los contratos de duración determinada celebrados antes del 31 de diciembre de 2021), entendemos que no tendrían que transformarlos a indefinidos ya que establece en esta disposición que los contratos eventuales por circunstancias de la producción celebrados antes del 31 de diciembre de 2021, según la redacción anterior a la actual reforma, se regirán hasta su duración máxima por lo establecido en dicha redacción.