Modelo de declaración de reconocimiento de la responsabilidad y el pago de maner...nspección de Trabajo
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Última revisión
21/08/2023

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Modelo de declaración de reconocimiento de la responsabilidad y el pago de manera voluntaria sobre una sanción interpuesta por la Inspección de Trabajo

Tiempo de lectura: 4 min

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Vademecum: Laboral

Orden: laboral

Fecha última revisión: 21/08/2023

Resumen:

El artículo 14.6 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, dispone que cuando se produzca una sanción que sea de carácter pecuniario, si el responsable efectuase el pago de la sanción propuesta en el acta previamente a la resolución y renunciase a ejercitar cualquier otra acción o alegación en vía administrativa, dicho pago llevará implícito el reconocimiento de responsabilidad y el importe de la sanción se reducirá en un 40 por ciento. Además, de acumularse en una misma acta diversas infracciones, la reducción se aplicará sobre el importe total de la propuesta de sanción.

En último lugar dispone el apartado 6º: 

«(...) En aquellos supuestos en los que concurran distintos sujetos responsables respecto de una misma infracción, para la aplicación de la reducción de la sanción será preciso que, al menos uno de dichos sujetos solicite el pago con carácter previo a la resolución, y que ninguno de los otros presente alegaciones al acta de infracción, efectuándose el pago en el plazo previsto, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades previstas para otros procedimientos distintos del regulado en este Reglamento».

También se tendrá en cuenta lo dispuesto en el art. 85 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que regula la terminación en los procedimientos sancionadores, concretamente la situación en la que, una vez iniciado un procedimiento sancionador, se resolverá el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda si el infractor reconoce su responsabilidad.

En tal caso, si la sanción tiene carácter pecuniario, el pago voluntario de esta por el presunto responsable, mientras se produzca en cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento, pudiendo el órgano competente aplicar reducciones de, como mínimo, el 20 % sobre el importe de la sanción propuesta.

Todo ello con la excepción de que exista obligación de reposición de la situación alterada o a la determinación de indemnización por daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción en cuestión, en cuyo caso no terminaría el proceso sancionador.


AL ÓRGANO [ÓRGANO] (1)

Núm. de acta/s: [NÚMERO].

D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI], en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE], en calidad de representante de la empresa …