Modelo de demanda para reclamar daños y perjuicios que se deriven de accidentes ...medidas de seguridad
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Última revisión
27/07/2023

laboral

Modelo de demanda para reclamar daños y perjuicios que se deriven de accidentes de trabajo motivados por la falta de medidas de seguridad

Tiempo de lectura: 24 min

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Vademecum: Laboral

Orden: laboral

Fecha última revisión: 27/07/2023

Resumen:

El art. 14 de la LPR garantiza a los trabajadores el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo; y en su apartado 2.º el deber de cumpliento de ese deber de protección por parte del empresario: 

«2. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios (...).»

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, tanto frente al empresario como frente a otros sujetos obligados legal o convencionalmente, están los órganos jurisdiccionales del orden social (art. 2.1 e de la LRJ :

«e) Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales, tanto frente al empresario como frente a otros sujetos obligados legal o convencionalmente, así como para conocer de la impugnación de las actuaciones de las Administraciones públicas en dicha materia respecto de todos sus empleados, bien sean éstos funcionarios, personal estatutario de los servicios de salud o personal laboral, que podrán ejercer sus acciones, a estos fines, en igualdad de condiciones con los trabajadores por cuenta ajena, incluida la reclamación de responsabilidad derivada de los daños sufridos como consecuencia del incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales que forma parte de la relación funcionarial, estatutaria o laboral; y siempre sin perjuicio de las competencias plenas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones».

A la hora de ejercitar la acción de reclamación por daños y perjuicios debemos tener en cuenta el plazo de prescripción que establece el art. 59 del ET: 

«1. Las acciones derivadas del contrato de trabajo que no tengan señalado plazo especial prescribirán al año de su terminación. (...)»


AL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º [NÚM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD].

D./D.ª [NOMBRE_LETRADO], en calidad de letrado y representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR/A], representación que acredito mediante copia de …