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Última revisión
laboral
Comunicación del nombramiento al trabajador y escrito de aceptación de secretario/instructor en expediente contradictorio o disciplinario
Texto
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Esquemas
Vademecum: laboral
Orden: laboral
Fecha última revisión: 29/07/2021
Resumen:
Los arts. 55.1 y 68.a) del ET regula el expediente contradictorio o disciplinario como requisito en en caso de que un representante legal de los trabajadores o de un delegado sindical fuese despedido. Por lo que será necesario la apertura de un expediente, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese. La empresa podrá libremente designar a uno de sus empleados como instructor del expediente contradictorio o disciplinario siguiendo, de existir, las instrucciones del convenio colectivo.
Por la empresa [NOMBRE_EMPRESA].
Domicilio [DOMICILIO_SOCIAL].
Población [LOCALIDAD].