Modelo de comunicación so...abajadores

Última revisión
06/07/2023

Modelo de comunicación sobre la información trimestral que la empresa debe remitir a los representantes de los trabajadores

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 06/07/2023

Resumen:

(El presente formulario está adaptado a la reforma laboral de 2022)

El formulario que nos ocupa sirve de referencia para la obligación del empresario de informar, trimestralmente (artículo 64.2 del Estatuto de los Trabajadores), al comité de empresa sobre cuestiones que atañen a:

  • La evolución general del sector económico a que pertenece la empresa.
  • La situación económica de la empresa y la evolución reciente y probable de sus actividades, incluidas las actuaciones medioambientales que tengan repercusión directa en el empleo, así como sobre la producción y ventas, incluido el programa de producción.
  • Las previsiones del empresario de celebración de nuevos contratos, con indicación del número de estos y de las modalidades y tipos que serán utilizados, incluidos los contratos a tiempo parcial, la realización de horas complementarias por los trabajadores contratados a tiempo parcial y de los supuestos de subcontratación.
  • Las estadísticas sobre el índice de absentismo y las causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilicen.

Y el mismo comité de empresa tendrá derecho a conocer/ser informado (artículo 64.4 del Estatuto de los Trabajadores) sobre:

  • El balance, la cuenta de resultados, la memoria y, en el caso de que la empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones, los demás documentos que se den a conocer a los socios, y en las mismas condiciones que a estos.
  • Los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa así como los documentos relativos a la terminación de la relación laboral.
  • Todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.
  • Los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

En relación a esta información que debe ponerse a disposición de los comités de empresa, destaca especialmente la relacionada con los contratos de duración determinada, ya que una de las cautelas introducidas por la reforma laboral de 2022 obliga a remitir, en el último trimestre de cada año, una previsión anual de uso de estos contratos a la representación legal de las personas trabajadoras (artículo 15. 2 del Estatuto de los Trabajadores).


En [LOCALIDAD],  a [DIA] de [MES] de [AÑO].

[DATOS_EMPRESA].

 

A la Att. del Comité de Empresa de [NOMBRE_EMPRESA]

 

Muy Sres./as Nuestros/as:

Por medio de la presente y en cumplimiento de lo dispuesto en …