Esquema que detalla cómo se debe comunicar el inicio del periodo de consultas en un despido colectivo
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Esquema que detalla cómo se debe comunicar el inicio del periodo de consultas en un despido colectivo








Vademecum: Laboral

Fecha última revisión: 30/03/2023

Resumen:

El esquema que nos ocupa profundiza en la forma de proceder cuando se trata de comunicar el inicio del periodo de consultar para proceder a un despido colectivo. A este respecto:

  • La apertura del periodo de consultas deberá ser remitida a la autoridad laboral correspondiente (SEPE, ITSS, TGSS) así como a los representantes de las personas trabajadoras.
  • La empresa, además de la comunicación, deberá adjuntar la siguiente documentación:
    • Causas que motivan el despido.
    • Número y clasificación profesional de las personas trabajadoras afectadas, así como el número y clasificación de las personas trabajadoras empleadas en el último año.
    • Plazo en torno al cual se realizarán los despidos.
    • Los criterios utilizados para determinar qué personas trabajadoras se verán afectadas por el despido.
    • Los representantes de las personas trabajadoras que integren la comisión negociadora (en caso de que esta se encuentre constituida).
  • Junto a esta comunicación, el comité de empresa tendrá derecho a emitir un informe en el que consten las reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos y temporales, así como las reducciones de jornada.

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