chevron_leftchevron_right
chevron_leftchevron_right
Esquema sobre la impugnación de sanciones laborales según el artículo 114 de la Ley 36/2011
Última revisión
laboral
Esquema sobre la impugnación de sanciones laborales según el artículo 114 de la Ley 36/2011
Texto
Voces
Marginales
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Vademecum: Laboral
Fecha última revisión: 30/03/2023
Resumen:
El Artículo 114 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, regula la impugnación de sanciones laborales. Establece que el trabajador puede impugnar la sanción mediante demanda dentro del plazo establecido. En caso de trabajadores representantes legales o sindicales, debe aportarse el expediente contradictorio establecido. En los procesos de impugnación de sanciones, corresponderá al empresario probar la realidad de los hechos imputados al trabajador. Las alegaciones, pruebas y conclusiones se realizarán según los procedimientos establecidos para los despidos disciplinarios.