Última revisión
laboral
El despido disciplinario (II)
Vademecum: laboral
Fecha última revisión: 26/07/2021
Para despedir a un trabajador mediante un despido disciplinario deberán cumplirse una serie de formalidades, tales como la notificación a la persona trabajadora de los hechos que se le imputan; la apertura de un expediente contradictorio cuando la persona trabajadora sea representante legal o delegado sindical; una audiencia previa con los delegados sindicales cuando la persona trabajadora esté afiliada a un sindicato -teniendo el empresario conocimiento previo de tal circunstancia- y cualquier otro requisito establecido por convenio. El plazo de impugnación del despido será de 20 días hábiles desde su notificación.
Para despedir a un trabajador mediante un despido disciplinario deberán cumplirse una serie de formalidades, tales como la notificación a la persona trabajadora de los hechos que se le imputan; la apertura de un expediente contradictorio cuando la persona trabajadora sea representante legal o delegado sindical; una audiencia previa con los delegados sindicales cuando la persona trabajadora esté afiliada a un sindicato -teniendo el empresario conocimiento previo de tal circunstancia- y cualquier otro requisito establecido por convenio. El plazo de impugnación del despido será de 20 días hábiles desde su notificación.