¿Qué sucede con la atribución de la vivienda familiar en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges?
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Última revisión
09/06/2023

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2020 - ¿Qué sucede con la atribución de la vivienda familiar en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges?

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: Familia

Fecha última revisión: 13/10/2021

Resumen:

Cuando se atribuye la vivienda familiar, suele ser con carácter temporal, incluso indefinido. ¿Qué sucede cuando fallece el progenitor no custodio, que es propietario con carácter privativo de la vivienda o el ganancial o copropietario? Esto es lo que explora este apartado, partiendo de que ciertos cambios en la atribución de la vivienda familiar pueden producirse a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria o del juicio verbal de modificación de medidas. Por último, destaca que una vez transcurrido el plazo, se habrá de proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, a la partición y adjudicación de la parte correspondiente a los coherederos, o solo a la partición entre los herederos, en el caso de ser privativa.

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Resulta claro que, en el supuesto de que el fallecido sea el progenitor custodio que además tenía atribuida la vivienda, el derecho de uso se extinguirá del mismo modo que se extinguirá la guarda y …