Última revisión
familia
Procesos para la modificación de la pensión de alimentos
Vademecum: familia
Fecha última revisión: 07/04/2022
El esquema contiene los procesos para la modificación de la pensión de alimentos.
En primer lugar se debe hacer mención al art. 90.3 del CC el cual dispone que «[...]Las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges[...]». De esta forma para solicitar la modificación de la pensión de alimentos debemos remitirnos a los procesos dispuestos en los arts. 770 y 777 de la LEC.
El esquema contiene los procesos para la modificación de la pensión de alimentos.
En primer lugar se debe hacer mención al art. 90.3 del CC el cual dispone que «[...]Las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges[...]». De esta forma para solicitar la modificación de la pensión de alimentos debemos remitirnos a los procesos dispuestos en los arts. 770 y 777 de la LEC.