Esquema sobre las modalidades de pago de la pensión compensatoria según el artículo 97 del Código Civil
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Esquema sobre las modalidades de pago de la pensión compensatoria según el artículo 97 del Código Civil









Vademecum: Familia

Fecha última revisión: 04/04/2023

Resumen:

El artículo 97 del Código Civil establece la obligación de pago de una pensión compensatoria al cónyuge que sufra un empeoramiento en su situación económica tras la separación o el divorcio. Esta pensión puede consistir en una prestación temporal o por tiempo indefinido, o una prestación única y se determinará a partir de los acuerdos entre los cónyuges o en sentencia judicial. El Juez, a la hora de determinar el importe, tendrá en cuenta circunstancias como la edad y el estado de salud, la colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge, la duración del matrimonio, etc. Además, el convenio regulador o la sentencia deberá incluir aspectos como la periodicidad, la forma de pago, la actualización, la duración o cese y las garantías para su efectividad.

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