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familia
Interposición de la acción de nulidad matrimonial
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Vademecum: familia
Fecha última revisión: 07/04/2022
La nulidad del matrimonio implica la ineficacia del vínculo matrimonial (arts. 73-80 del CC). Los arts. 74-76 del CC establecen quienes son las personas legitimadas para interponer la acción de nulidad:
- Regla general:
- Los cónyuges
- El MF
- Terceras personas con interés legítimo y directo
- Excepciones:
- Nulidad del matrimonio del menor de edad
- Cualquiera de los padres
- Tutores
- Guardadores
- MF
- Nulidad del matrimonio por error, coacción o miedo grave
- Cónyuge que sufrió el vicio
- Nulidad del matrimonio del menor de edad
La nulidad del matrimonio implica la ineficacia del vínculo matrimonial (arts. 73-80 del CC). Los arts. 74-76 del CC establecen quienes son las personas legitimadas para interponer la acción de nulidad:
- Regla general:
- Los cónyuges
- El MF
- Terceras personas con interés legítimo y directo
- Excepciones:
- Nulidad del matrimonio del menor de edad
- Cualquiera de los padres
- Tutores
- Guardadores
- MF
- Nulidad del matrimonio por error, coacción o miedo grave
- Cónyuge que sufrió el vicio
- Nulidad del matrimonio del menor de edad