Última revisión
extranjeria
Recurso contencioso-administrativo en el procedimiento sancionador en extranjería
Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 22/04/2021
El recurso contencioso-administrativo es otro de los recursos que se pueden dar en el régimen de extranjería y no se trata ya de un recurso en vía administrativa, sino de un recurso judicial cuyo objeto se regula en el título III de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, comprendiendo los arts. 25 a 42.
Este recurso judicial se puede presentar frente a:
- Disposiciones de carácter de carácter general.
- Actos que se produzcan en aplicación de éstas.
- Actos expresos y presuntos que pongan fin a la vía administrativo.
- En casos contemplados como impugnables para el recurso de alzada.
- En los casos en los que la inactividad de la Administración y sus actuaciones materiales constituyan su vía de hecho.
Se inicia mediante demanda, acompañada de los documentos sobre los que se funde su derecho y el plazo dependerá en función del tipo de actuación que se impugne.
El recurso contencioso-administrativo es otro de los recursos que se pueden dar en el régimen de extranjería y no se trata ya de un recurso en vía administrativa, sino de un recurso judicial cuyo objeto se regula en el título III de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, comprendiendo los arts. 25 a 42.
Este recurso judicial se puede presentar frente a:
- Disposiciones de carácter de carácter general.
- Actos que se produzcan en aplicación de éstas.
- Actos expresos y presuntos que pongan fin a la vía administrativo.
- En casos contemplados como impugnables para el recurso de alzada.
- En los casos en los que la inactividad de la Administración y sus actuaciones materiales constituyan su vía de hecho.
Se inicia mediante demanda, acompañada de los documentos sobre los que se funde su derecho y el plazo dependerá en función del tipo de actuación que se impugne.