Normativa aplicable y juzgado competente si el trámite se inició extrajudicialme...pués del 26/09/2022.
Derecho concursal
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Normativa aplicable y juz...6/09/2022.

Última revisión

concursal

Normativa aplicable y juzgado competente si el trámite se inició extrajudicialmente sin haber presentado demanda, y la solicitud se presenta después del 26/09/2022.








Vademecum: concursal

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 24/10/2022

Origen: Iberley

Tiempo de lectura: 2 min

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PLANTEAMIENTO

Si ya se inició el trámite extrajudicial para alcanzar un plan de pagos en notaría o Registro Mercantil sin haber presentado demanda, si la solicitud de concurso se presenta después del día 26 de septiembre, ¿qué normativa regirá? ¿Se podrá presentar en los juzgados mercantiles o ya habiéndose iniciado antes de publicar el BOE deberán ir a primera instancia?

RESPUESTA

En cuanto a la normativa que regirá: 

La nueva regulación se aplicará a todas las solicitudes de concurso que se presenten a partir de su entrada en vigor. No obstante, cuando se trata de un concurso consecutivo a un acuerdo de refinanciación o un acuerdo extrajudicial de pagos, se regirá por lo establecido en los artículos 697 a 720 del texto refundido de la Ley Concursal, en la redacción dada por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo.

Por lo que se refiere al juzgado competente, tras la reforma de la LOPJ que entró en vigor el 17 de agosto de 2022, el artículo 86. ter. 1 establece:

«1. Los Juzgados de lo Mercantil conocerán de cuantas cuestiones sean de la competencia del orden jurisdiccional civil en materia de concurso de acreedores, cualquiera que sea la condición civil o mercantil del deudor, de los planes de reestructuración y del procedimiento especial para microempresas, en los términos establecidos por el texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2020, de 5 de mayo».