Última revisión
02/05/2023
concursal
1830 - El procedimiento de continuación como una de las posibles vías del procedimiento especial para microempresas en materia concursal
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Vademecum: Concursal
Fecha última revisión: 01/05/2023
Resumen:
El procedimiento de continuación para microempresas es un procedimiento abreviado en el que el deudor y sus acreedores pueden alcanzar una solución acordada a la insolvencia de la microempresa, de acuerdo con lo establecido en el título II del libro tercero del TRLC, comprendiendo los artículos 697 a 704. Esta forma de enfrentar la insolvencia es una alternativa que permite al deudor seguir con su negocio, con independencia de su situación patrimonial.
En la solicitud de apertura del procedimiento especial presentada por el deudor o los restantes legitimados, el solicitante debe elegir el itinerario a seguir por el procedimiento, que podrá ser el de un procedimiento de continuación o el de uno de liquidación con o sin transmisión de la empresa en funcionamiento. Aunque, ello, sin perjuicio de que los acreedores puedan instar y obtener la conversión en otro distinto en los términos que establece el artículo 693 del TRLC.
En este epígrafe nos ocuparemos de la primera de esas dos posibles formas de tramitar el procedimiento especial: el procedimiento de continuación, que se concibe como un procedimiento abreviado en el que el deudor y sus acreedores pueden alcanzar una solución acordada a la insolvencia de la microempresa, con independencia de su situación patrimonial.
Su regulación se contiene en el título II del libro tercero del TRLC, integrado por los artículos 697 a 704.