¿Quién podrá comunicar la apertura de negociaciones en el procedimiento especial...y cómo debe hacerlo?
Derecho concursal
Marginales
¿Quién podrá comunicar la...e hacerlo?
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Última revisión
02/05/2023

concursal

1760 - ¿Quién podrá comunicar la apertura de negociaciones en el procedimiento especial para microempresas en materia concursal y cómo debe hacerlo?

Tiempo de lectura: 4 min

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Vademecum: Concursal

Fecha última revisión: 01/05/2023

Resumen:

Cualquier microempresa podrá comunicar al juzgado competente para la declaración de concurso la apertura de negociaciones con los acreedores con la finalidad de acordar un plan de continuación o una liquidación con transmisión de empresa en funcionamiento en el marco de un procedimiento especial. El régimen jurídico aplicable establece especialidades como el nombramiento de un experto, los efectos de la comunicación y la suspensión de ejecuciones. Además, durante el período de negociaciones, no se admitirán a trámite las solicitudes de procedimiento especial presentadas por otros legitimados distintos del deudor.

Tiempo de lectura: 4 min


Cualquier microempresa podrá comunicar al juzgado que sea competente para la declaración de concurso la apertura de negociaciones con los acreedores con la finalidad de acordar un plan de …