Última revisión
concursal
Modelo de demanda incidenta de oposición interpuesta por los administradores concursales contra la aprobación judicial del convenio por contenido objetivamente inviable
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Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 13/10/2022
Resumen:
Cuando los acreedores y la administración concursal crean que el cumplimiento de un convenio es objetivamente inviable, tienen la posibilidad de oponerse a su aprobación judicial. El artículo 382 del TRLC regula la oposición a la aprobación judicial del convenio, mientras que el artículo 388 dispone los criterios que el juez debe seguir al proceder a aprobar el convenio. La oposición se tramita por los cauces previstos para el incidente concursal.
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