Última revisión
concursal
Escrito al juzgado solicitando la apertura de fase de liquidación por cese de actividad profesional o empresarial
Vademecum: concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 17/06/2020
El artículo 408 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, sobre la apertura de la liquidación a solicitud del deudor, el acreedor o de la administración concursal dispone que:
"La administración concursal podrá solicitar la apertura de la fase de liquidación en caso de cese total o parcial de la actividad profesional o empresarial. De la solicitud se dará traslado al concursado por plazo de tres días. El juez resolverá sobre la solicitud mediante auto dentro de los cinco días siguientes".
Concurso [ESPECIFICAR] [ESPECIFICAR] n.º [NUM_AUTOS]
[NOMBRE_EMPRESA]
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [PROVINCIA]
D./Dña. [NOMBRE], administrador concursal designado en el concurso bajo …