Última revisión
concursal
Escrito del concursado solicitando la modificación de la retribución de los administradores concursales
Vademecum: concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 16/06/2020
Conforme a lo establecido en el artículo 88 del Real Decreto 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal:
«En cualquier estado del procedimiento, el juez, de oficio o a solicitud del concursado o de cualquier acreedor, podrá modificar la retribución fijada, si concurriera justa causa, con aplicación del arancel».
Es importante tener en cuenta que conforme a la DT. Única del TRLC, los artículos 84 a 89 relativos a la retribución de los administradores concursales, entrarán en vigor cuando se apruebe el reglamento a que se refiere la disposición transitoria segunda de dicha ley. Entre tanto permanecerán en vigor los artículos 27, 34 y 198 de la Ley Concursal en la redacción anterior a la entrada en vigor de dicha Ley 17/2014, de 30 de septiembre. (Para este formulario, sería aplicable lo dispuesto en el artículo 34 de la LC).
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º [NUMERO] DE [CIUDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de [NOMBRE_EMPRESA], representación que así …