Última revisión
Modelo de escrito en el que la administración concursal solicita el embargo de bienes y derechos del administrador de la sociedad (art. 133 TRLC)
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 24/07/2023
Resumen:
El art. 133 del TRLC regula la posibilidad de solicitar el embargo de bienes y derechos de los administradores o liquidadores, de derecho y de hecho, y directores generales de la persona jurídica concursada, así como de los socios de la sociedad para asegurar las posibles responsabilidades económicas que pudieran imponerse en la sección de calificación del concurso. Esta medida se realiza para conjurar el riesgo de que un administrador de la sociedad, ante la perspectiva de una condena, ponga trabas para su ejecución. El embargo debe acordarse por la cuantía que el juez estime bastante y se practicará sin necesidad de caución.
Concurso [ESPECIFICAR] (1) N.º [NÚM_AUTOS]
[NOMBRE_EMPRESA] (2)
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NÚMERO] DE [PROVINCIA]
D./D.ª [NOMBRE], administrador/a concursal designado/a en el concurso …