Última revisión
concursal
Modelo de comunicación de la administración concursal en el que facilita las direcciones postal y electrónica tras la aceptación del cargo
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 20/07/2023
Resumen:
En cumplimiento del artículo 67.2 del Real Decreto 1/2020, por el cual se especifica que en el momento de la aceptación del cargo, el nombrado deberá facilitar al juzgado las direcciones postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos así como cualquier otra notificación, esta administración señala las siguientes direcciones. La dirección postal y la dirección electrónica señaladas a efectos de comunicaciones serán únicas, cualquiera que sea el número de administradores concursales.
Concurso de acreedores [NUMERO]
Sección segunda
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE] y Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], administradores …