Última revisión
concursal
Modelo de escrito en el que la administración concursal da traslado de las cuentas anuales aprobadas y depositadas-Régimen suspensión (art. 116 TRLC)
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 24/07/2023
Resumen:
Respecto al deber de formular las cuentas anuales, los artículo 115 y 116 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, establecen que en caso de intervención la obligación legal de formular y de someter a auditoría las cuentas anuales corresponderá al concursado y a los administradores de la persona jurídica concursada bajo la supervisión de la administración concursal. Por otro lado, si las facultades del deudor se encuentran suspendidas corresponde a la administración concursal la formulación y suscripción de las cuentas anuales, que deberán ser aprobadas en Junta General, al ser una sociedad de capital.
Concurso [ESPECIFICAR] (1) N.º [NÚM_AUTOS]
[NOMBRE_EMPRESA] (2)
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NÚMERO] DE [PROVINCIA]
D./D.ª [NOMBRE], administrador concursal designado en el concurso [ESPECIFICAR] (1…