Última revisión
concursal
Créditos contra la masa
Vademecum: concursal
Fecha última revisión: 11/06/2021
El TRLC distingue entre dos grandes categorías de créditos: los créditos concursales y los créditos contra la masa. Los créditos contra la masa incluyen aquellos créditos nacidos con posterioridad al inicio del procedimiento concursal y que formalizan sus compromisos con la masa, teniendo prioridad de cobro sobre los créditos concursales (art. 244 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal).
La administración concursal procederá al pago de estos créditos contra la masa con cargo a los bienes y derechos de la masa activa no afectos al pago de créditos con privilegio especial.
El TRLC distingue entre dos grandes categorías de créditos: los créditos concursales y los créditos contra la masa. Los créditos contra la masa incluyen aquellos créditos nacidos con posterioridad al inicio del procedimiento concursal y que formalizan sus compromisos con la masa, teniendo prioridad de cobro sobre los créditos concursales (art. 244 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal).
La administración concursal procederá al pago de estos créditos contra la masa con cargo a los bienes y derechos de la masa activa no afectos al pago de créditos con privilegio especial.