Última revisión
abogacia
Caso en el que se analiza cómo subsanar el suplico de una demanda en un procedimiento de divorcio
Tiempo de lectura: 2 min
Relacionados:
Vademecum: Abogacía
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
En caso de divorcio, es posible subsanar el suplico de demanda, aunque haya habido una omisión de petición debatida y solicitada. Para ello se deberá tener en cuenta el artículo 231 de la LEC, así como los artículos 404 y 405 de la LEC, en relación con los artículos 90 y 91 del CC. Se podrá intentar la subsanación con un escrito previo o durante el desarrollo de la vista, así como en las conclusiones.
PLANTEAMIENTO
¿Es posible subsanar el suplico de la demanda cuando ha habido una omisión de una petición, no obstante debatida y solicitada en el cuerpo de la demanda? El olvido concreto se refiere …
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