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580 - ¿De qué forma se designa un DPD en un despacho de abogados o procuradores?
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Vademecum: Abogacía
Fecha última revisión: 31/05/2024
Resumen:
Una vez concluya si debe designarse un DPD, ya sea por mandato legal o por voluntad propia del despacho, debe comunicarse a la AEPD o autoridades autonómicas competentes. El plazo de 10 días es el aplicable para la comunicación de cese del DPD según la LOPDGDD. La designación voluntaria de un DPD es una muestra de proactividad por parte del responsable del tratamiento, hecho que se valorará en caso de infracción.
Una vez se concluya si debe designarse el DPD, ya sea por mandato legal o por voluntad propia del despacho, debe comunicarse por el responsable o encargado del tratamiento a la AEPD o autoridades autonómicas competentes (APDCAT en Cataluña, AVPD en el País Vasco o CTPD en Andalucía) la designación en un plazo de diez días.
Así mismo, el plazo de 10 días será el aplicable para las comunicaciones de cese del DPD, como recoge el artículo 34, apartado 3, de la
Debemos recordar que la designación voluntaria de un DPD viene a ser una muestra de proactividad por parte del responsable del tratamiento, hecho que se valorará a la hora de graduar la sanción ante una posible infracción, como recoge el artículo 76, apartado 2, g) de la
En ese sentido, se debe mencionar respecto al posible régimen sancionador en la designación del DPD que:
- Se considera infracción grave, con prescripción a los dos años, el incumplimiento de la obligación de designar un DPD [art. 73 v) de la LOPDGDD].
- Se considera infracción grave, con prescripción a los dos años, no posibilitar la efectiva participación del DPD en las cuestiones relativas a la protección de datos personales, no respaldarlo o interferir en el desempeño de sus funciones [art. 73 w) de la LOPDGDD].
- Se considera infracción leve, con prescripción de un año, no publicar los datos de contacto del DPD o no comunicarlos a la AEPD o autoridad competente cuando fuera un nombramiento fuera obligatorio [art. 74 p) de la LOPDGDD].
CUESTIONES
1. ¿A qué sanciones puede enfrentarse el responsable del tratamiento ante el incumplimiento de sus obligaciones en materia de designación de DPD?
El artículo 83, apartado 4, a) del
2. ¿Qué plazos de prescripción se aplican en estas sanciones?
El artículo 78 de la
- Las sanciones por importe igual o inferior a 40.000 euros prescriben en el plazo de un año.
- Las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 300.000 euros prescriben a los dos años.
- Las sanciones por un importe superior a 300.000 euros prescriben a los tres años.
3. ¿Puede interrumpirse el plazo de prescripción de las sanciones?
Sí, y eso ocurrirá cuando, con conocimiento del interesado, se inicie el procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si tal proceso se paraliza durante más de 6 meses por causa no imputable al infractor (art. 78.3 de la