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Recurso de reposición frente al decreto inadmitiendo la impugnación de la tasación de costas
Última revisión
abogacia
Recurso de reposición frente al decreto inadmitiendo la impugnación de la tasación de costas
Texto
Legislación
Voces
Marginales
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Esquemas
Vademecum: abogacia
Orden: civil
Fecha última revisión: 08/06/2020
Resumen:
Dentro del procedimiento de tasación de costas, y según lo establecido en el artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, podemos afirmar lo siguiente:
- Se podrá impugnar la tasación de costas en un plazo de 10 días desde su remisión por parte del letrado de la administración de justicia.
- La tasación como tal podrá versar sobre gastos indebidos (esto es: partidas de gastos que no debieron incluirse en la tasación), así como gastos excesivos en relación a profesionales como abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel.
- La parte favorecida podrá impugnar la tasación por no haberse incluido en la misma aquellos gastos debidamente determinados y justificados, así como por no haberse incluido la totalidad de minutas del abogado, perito, procurador o profesional.
- En el escrito de impugnación deben indicarse las partidas concretas objeto de discrepancia; en caso de no hacerlo, el letrado de la administración de justicia podrá, mediante decreto, inadmitir la tasación. Frente a este decreto podremos interponer recurso de reposición.
Procedimiento [DESCRIPCION]
Autos [NUMERO]/[NUMERO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. [NUMERO] DE [LUGAR]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los tribunales, en nombre y …